1. Los horarios de visitas de los prisioneros serán anunciadas. Las visitas podrán ser cancelads o ajustadas en cualquier momento.
2. Las visitas de los prisioneros serán sin contacto, a menos que estén autorizadas. Visita de contacto sin aprobación está prohibido.
3. Los prisioneros tendrán la oportunidad de dos (2) visitas sociales por semana (deben estar en días separados. No se le permitirá tener dos (2) visitas en el mismo día). Las visitas no deben exceder de sesenta (60) minutos y deberán realizarse durante los horarios programados, a menos que los privilegios estén suspendidos para los prisioneros.
4. Los vehículos del visitante deberán ser estacionados en el estacionamiento de visitantes o correrán el riesgo de ser remolcados. El estacionamiento para impedidos está disponible. Todos los vehículos de visitantes estarán sujetos a ser registrados.
5. Se le permite a los visitantes esperar treinta (30) minutos antes de una visita programada. Pueden esperar dentro de su vehículo o del área de Recepción
de Seguridad. Mientras esperan, los visitantes no deben violar las reglas de la facilidad. Está prohibido andar por la facilidad (jangueo) antes o después de
una visita.. El fumar en la propiedad esta prohíbido.
6. Los armarios están disponibles para almacenar artículos personales de los visitantes. Los visitantes serán responsables de las llaves del armario. Hay una
pequeña cuota para utilizar un armario del visitante, la cual será devuelta al finalizar la visita.
7. A menos que estén aprobadas, las armas y municiónes no están permitidas en la propiedad de la Oficina del Alguacil. Amarios, estaciones para armas y
municiones están disponibles para las personas aprobadas. Las armas/municiónes se prohíben dentro del cuarto de visitas del preso.
8. Los visitantes y sus articulos personales serán sometidos a un registro. Los visitantes que se nieguen o fracasen en una búsqueda podrán ser revocados sus privilegios de visita. Los visitantes deben revelar cualquier artículo que posean, además de la ropa, antes de la visita.
9. Los visitantes pueden utilizar el quiosco en el pasillo de la Correccional de Dartmouth para depositar dinero a los prisioneros. El pasillo estará abierto de 8AM-4PM diariamente, menos en situaciones de emergencia. Los visitantes no pueden traer correspondencia ni paquetes para los prisioneros
10. Se espera que los visitantes se comporten apropiadamente y sigan la dirección del personal. Los visitantes podrán comunicarse solamente con el preso aprobado para su visita. Lenguage inadecuado no se permite.
11. Los visitantes deben presenter una identificación con foto válida y corriente emitida por el gobierno antes de cada visita. Los abogados y los representantes legales deberán presentar tarjetas de barra válidas. Los líderes religiosos deberán presentar identificación con foto válida, con credenciales para verificación. Pases para visitantes serán emitidos a los visitantes aprobados.
12. Los visitantes adultos completarán un formulario de solicitud para visitar a un preso antes de cada visita. Los visitantes que no proporcionen información correcta y precisa en el formulario se les puede revocar sus privilegios de visita.
13. Los visitantes menores (menores de 17) deben ser acompañados por un adulto que haya sido aprobado. Hasta dos (2) menores pueden visitar a un preso al mismo tiempo. Una forma de Consentimiento de Visita de Menores debe ser aprobada antes de la visita. Los visitantes con infantes pueden traer una sabanita de bebe, el pacificador y una botella de fórmula plástica durante la visita, pero no una bolsa de pañales. Las visitas de menores están sujeto a búsqueda. Los adultos aprobados serán responsables del comportamiento de los menores.
Los prisioneros anteriores deberán esperar seis (6) meses después de ser liberado o seis (6) meses después de haber sido aclarados de violaciones a
probatoria o de la libertad condicional para que puedan ser aprobados para las visitas de un preso.
15. Los visitantes no deberán hablar en un teléfono celular mientras esperan dentro del área de Recepción de la Seguridad.
16. Los visitantes deberán desalojar el área cuando sean ordenados.
17. Los visitantes deben contactar la central telefónica de la Oficina del Alguacil durante tiempo de inclemencia con respecto a la cancelación de visitas.
18. Las visitas de los reclusos serán sin contacto. Está prohibido el contacto no autorizado con reclusos.
Artículos De Contrabando
Los visitantes no deberán traer contrabando al cuarto de visita de preso. La determinación final de contrabando será hecha por el Oficial de Recepción de la Seguridad. Las personas que violen esta regla estará sujeto a ser detenido y procesado por causa criminal (M.G.L. c 268§ 31). Esta lista está sujeta a cambio en cualquier momento.
1. Esposas, instrumentos ultilizados para arrestos, llaves de las esposas (a menos que sea autorizado por la Oficina del Alguacil)
2. Tijeras, cortauñas o cualquier otro objeto agudo.
3. Plumas o lápices (a excepción de abogados, representantes legales, oficiales del gobierno, investigadores privados y los medios).
4. Medicamentos sin recetas y drogas prescritas (excepto cuando están aprobadas con una nota médica válida), alcohol, drogas ilegales o parafernalia de droga.
5. Alimentos y bebidas en cualquier tipo de envase, chicles, utensilios
6. Anillos (a excepción de los anillos de bodas y de los anillos que no se pueden quitar).
7. Joyería (pantallas, anillos de dedos del pie, perforaciones del cuerpo, etc.) a excepción de las pulseras o colgantes alertas médicos.
8. Relojes (a excepción de abogados, representantes legales, oficiales del gobierno, y los medios).
9. Dinero de cualquier denominación, incluyendo monedas en los bolsillo.
10. Productos de tabaco de cualquier clase, encendedores, fosforos y productos de tabaco sin humo.
11. Esmalte de uñas, perfume, removedor de esmalte.
12. Cartas o cualquier tipo de correo, notas, fotos u otra documentación e información del Internet, (a excepción de abogados, representante legal, oficiales del gobierno, investigadores privados y de los medios).
13. Periódicos, revistas o recortes de los periódicos, del Internet o de las revistas, dibujos (a menos que sea autorizado por el Oficial de Control de Seguridad).
14. Paquetes o regalos de alguna clase.
15. Paraguas.
16. Pañales de repuesto, las bolsas de pañales, biberones que no sean de plástico.
17. Equipo electronico (es decir radios, TV, cámaras, tocadores MP3, ordenadores portátiles, tabletas, teléfonos celulares, dispositivos de conección del Internet, relojes inteligentes o facsimil etc.) excepto cuando es aprobado por escrito por el superintendente o persona asignada.
18. Carteras, monederos, mochilas, bultos de libros, bolsos del gimnasio, bolsas de papel/plástico, etc. (portafolios, bolsos y bultos de computadoras se permiten para los abogados, representantes legales, oficiales del gobierno y los medios pero serán sujeto a búsqueda)
19. Clips metálicos. clips del “cocodrilo” y carpetas de clip (excepto cuando estos estén autorizados);
20. Libros (a excepción de visitas religiosas, legales o speciales previamente aprobadas).
21. Mascotas domésticas o animales (a excepción de propósitos por impedimento, perros de servicio, de caninos relacionados con la seguridad).
22. Herramientas y llaves de cualquier tipo (excepto cuando esté autorizado).
Disposiciones Para Visitas Especiales
Se debe enviar una solicitud por escrito para una visita especial del recluso al Superintendente o a la persona designada dentro de las 24 horas posteriores a la visita. Una solicitud verbal o telefónica puede ser aceptada en algunas circunstancias, que incluyen, entre otras:
Una persona tiene una emergencia legítima que le ha impedido llegar a la instalación durante las horas de visita programadas regularmente (por ejemplo, viajó una larga distancia, las inclemencias del tiempo, la emergencia familiar u otra circunstancia inusual);
Um advogado ou representante legal solicitou uma visita legal fora do horário de visita regularmente agendaUm agente da lei ou investigador particular deseja encontrar-se com um recluso fora do horário de visita regularmente agendado;
Um agente da lei ou investigador particular deseja encontrar-se com um recluso fora do horário de visita regularmente agendado;
Foi solicitada uma visita religiosa fora do horário de visita regularmente agendado; quer
Quando um recluso está doente ou hospitalizado e são necessárias disposições especiais para se encontrar com o recluso.
Um visitante que participe numa visita especial aos reclusos deve ser submetido aos mesmos procedimentos de pedido, busca e rastreio que os visitantes regulares, salvo derrogação por escrito do xerife ou do superintendente.
Accesibilidad Para Las Personas Con Incapacidades: La oficina del Alguacil no discrimina en base de incapacidad al acceso a sus programas y servicios. Las personas con incapacidades que necesitan asistentes auxiliares para comunicación eficaz o acomodamiento de visita deben contactar la Oficina del Superintendente al 508-995-6400 durante horas regulares de trabajo. Las visitas en la cárcel de Ash St serán acomodadas en la Correccional de Dartmouth para personas con dificultades para subir escaleras. El protocolo estandard de verificaciones y aprobaciones de los visitantes aún aplicarán.
Intercambios De Ropa Del Recluso: Los intercambios de ropa de uno por el otro se llevaran a cabo según el horario de la instalación. Los intercambios de chaquetas, pantalones, camisas y zapatos de los reclusos son permitidos solamente para ir a la corte o para el excarcelamiento. El recluso podrá iniciar el intercambio de la ropa presentando una forma de entrega de propiedad al cuarto de propiedad según el horario de la instalación. Los visitantes pueden llamar el cuarto de propiedad al 509.995.6400 (x 2317) si hay preguntas sobre este proceso.
El contrabando esta prohibido:
La ley de Massachusetts (M.G.L C. 268 §28) prohíbe que ninguna persona entregue ningun artículo cualquiera que sea a un recluso sin el permiso del Alguacil o del Superintendente, o procurar que un artículo sea entregado, poseerlo con la intención de entregarlo, o depositarlo, o encubrir con la intención de que un recluso lo obtenga. No hay excepciones a esta ley y el BCSO investigará completamente cualquiera y todas las demandas de tales acciones.
Código De Vestimenta Para Visitantes
El Oficial de Recepción de Seguridad tomará una determinación sobre la idoneidad de la vestimenta de un visitante basándose en lo siguiente:
1. Prendas de vestir exteriores (chaquetas, capas, impermeables, etc.).
2. Ropa de ejercicio, gimnasio o de baile (tops o partes inferiores), o ropa hecha del mismo material de estas. Pantalones cortos para correr, leotardos, sudaderas, pantalones de deporte, sudaderas con capucha u otros tipos de top con capucha, traje de baño (tops o partes inferiores) o camisetas sin manguillo. Los tops de Spandex no se permiten. (Se permiten las leggings de Spandex, pero solamente cuando están cubiertos con una faida aprobada que esté no más de tres (3') pulgadas sobre la rodilla. Los pantalones cortos que se permiten deberán ser no más que tres (3") pulgadas sobre la rodilla mientras no sean pantalones cortos de ejercicio o no apropiados para un ambiente correccional.
3. Ropa de fatiga o camuflaje y ropa con estilo de oficial de la ley de ninguna clase (excepto cuando es usado debido a una capacidad oficial).
4. La ropa escotada, visiblemente tranparente o ropa reveladora ( que exponen el estómago, los top sin mangas, top sin tirantes, blusas halter, los tops que exponen la espalda más allá de hombros superiores, de tirantes de espagueti, camisas apretadas o que revelan), mini faldas, faldas más de tres (3") pulgadas sobre la rodilla, trajes de sol (sundresses), tops que se amarran al rededor,, las medias de red, las leggins con red o cualquier otra ropa inadecuada que exponga una cantidad indebida de carne.) Blusas sin mangas estan permitidas siempre y cuando sean apropiadas para un ambiente correccional.
5. Cualquier ropa similar a los uniiformes de los reclusos, del personal, o del uniforme de hospitales incluyendo camisetas blancas.
6. Sombreros, gorras de béisbol, paños de pelo, cubiertas de pelo, bandanas (mantos de pelo religiosos están permitidos pero estará sujeto a búsqueda. Las pelucas y los tupés se permiten, pero estarán sujeto a búsqueda.)
7. Ropa con parches, remiendos, rasgaduras o revestimientos rasgados.
8. Ropa doble (solo una blusa/camisa y pantalon o falda).
9. Pijamas y ropa con estilo de pijama (a excepción de infantes).
10. Pantalones, camisas, faldas o pantalones cortos excesivamente ajustados o excesivamente anchos de cualquier estilo o tela.
11. No llevar ninguna ropa interior.
12. Se permiten los zapatos de cordones, botas, mocacines, zapatillas de deporte (tenis), sandalias o zapatos abiertos. Se permiten solamente los zapatos con los talones planos o los talones menos de tres (3") pulgadas.
13. La ornamentación o marcas del cuerpo visibles no se permiten.
14. Pinches o cualquier dispositivo de metal para aguantar el pelo. (Se permiten las bandas elásticas y los scrunchies)
15. La ropa o los tatuajes que visiblemente representa, describe o de alguna manera se refiere a la conducta sexual, acto, órganos o a preferencias sexuales La ropa o los tatuajes que visiblemente representa, describe o de alguna manera se refiere a la intolerancia de, o a la discriminación en contra de cualquier raza, religión, sexo, preferencia sexual u origen nacional. La ropa o tatuajes visibles que son asociados comúnmente a los grupos que abogan la intolerancia, la discriminación, la afiliación de gangas (cuadrillas) o la violencia. Ropa o tatuajes visibles con logotipos o caracterizaciones que se refieren al alcohol o sustancias ilegales.
16. Los visitantes legales, los representantes de los medios y los investigadores privados deben llevar atuendo de negocio o casual de oficina al momento de reunirse con los reclusos. Al mínimo, deben estar conformes con el código de vestimenta estándar del visitante a menos que sea aprobado por el Superintendente o persona asignada.
17. Cualquier otra ropa que plantee un peligro de la seguridad o considerada inadecuada por la Oficina del Alguacil.
Rehusar A Irse: Los visitantes deberán desalojar las facilidades cuando sean ordenados a hacerlo. Los que rechazen irse cuando se le ordene serán considerados como intrusos. Los intrusos seran considerados una felonia y podrán ser procesados criminalmente según el § de M.G.L. 127
Se puede encontrar información adicional sobre las visitas de los reclusos, incluidos los horarios de visitas actuales, en el vestíbulo de cada instalación, en el sitio web de la Oficina del Sheriff, que se encuentra en bcso-ma.us o comunicándose con la BCSO al (508)-995-6400. |